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	<title>Fundación ProSalta</title>
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	<description>Fomentando las exportaciones de Salta</description>
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		<title>Bodegas de Salta Conformaron Consorcio de Exportación</title>
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		<pubDate>Tue, 14 Feb 2012 15:35:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos y Ferias]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>

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		<description><![CDATA[Con el objetivo de sumar esfuerzos para la promoción y venta en mercados externos, Bodegas de Cafayate crearon el primer Consorcio de Exportación de Vinos Salteños conformado por las bodegas &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/Consorcio-dee-Exportacion.jpg" rel="lightbox[1917]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1918" title="Bodegas de Salta Conformaron Consorcio de Exportación" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/Consorcio-dee-Exportacion.jpg" alt="Bodegas de Salta Conformaron Consorcio de Exportación"  /></a></p>
<p>Con el objetivo de sumar esfuerzos para la promoción y venta en mercados externos, Bodegas de Cafayate crearon el primer Consorcio de Exportación de Vinos Salteños conformado por las bodegas Vasija Secreta, Nanni, Finca Las Nubes, El Tránsito, Peña Veyrat Durbex y Tukma.</p>
<p>Con el apoyo de la Cámara Española-Argentina de Comercio y la experiencia en la conformación de Consorcios de Fundación ExportAr y Fundación Standard Bank, el grupo exportador trabajará en la profesionalización de su actividades comerciales en el exterior en la figura de un coordinador de grupo quien trabajará en la oferta y capacidad exportable de las bodegas.</p>
<p>Esta decisión de promoción conjunta es un paso importante para el sector vitivinícola de Salta ya que permitirá lograr economías de escala en las acciones a realizar sirviendo como modelo exportador válido para otros sectores productivos de Salta.</p>
<p>Fundación ProSalta trabajará en la planificación conjunta de las acciones con las bodegas, su financiamiento, apoyo y evolución del Consorcio.</p>
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		<item>
		<title>Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta</title>
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		<pubDate>Mon, 06 Feb 2012 15:07:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos y Ferias]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>

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		<description><![CDATA[Se trata de tres nuevos proyectos que fueron Pre Aprobados por los evaluadores de la Sepyme, los cuales permitirán a dos emprendedores locales y a una reconocida industria del medio &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em>Se trata de tres nuevos proyectos que fueron Pre Aprobados por los evaluadores de la Sepyme, los cuales permitirán a dos emprendedores locales y a una reconocida industria del medio local contar con Aportes No Reembolsables para el desarrollo de sus iniciativas.</em></p>
<p><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC1.jpg" rel="lightbox[1905]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1906" title="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC1.jpg" alt="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" width="482" height="232" /></a><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC2.jpg" rel="lightbox[1905]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1907" title="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC2.jpg" alt="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" width="482" height="217" /></a><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC3.jpg" rel="lightbox[1905]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1908" title="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/PACC3.jpg" alt="Nuevos Proyectos PACC de Sepyme aprobados en la Ventanilla de ProSalta" width="452" height="365" /></a></p>
<p>Fundación ProSalta intensifica el trabajo con la Sepyme con el objetivo de beneficiar a Pymes salteñas con ANR (Aportes No Reembolsables) para el desarrollo de proyectos. La reingeniería de procesos es el objetivo del proyecto del Frigorífico Norte Grande que fue pre aprobado dentro del ámbito de PACC Empresa, la elaboración de embutidos gourmet y el proyecto de una pañalera son los primeros PACC Emprendedor que fueron pre aprobados bajo la órbita de la Fundación ProSalta como ventanilla de la SEPYME.</p>
<p>Actualmente, ProSalta está desarrollando para el mes de marzo un curso completo para la formulación de Proyectos PACC que abarcará desde la carga de los proyectos en el sistema como así también la correcta redacción y los errores comunes que no hay que cometer en el proceso de formulación. Esto al margen de capacitar, generará una importante masa de formuladores que ampliará las posibilidades de desarrollo y formulación de proyectos para las empresas de Salta.</p>
<p>Mayor información: <a href="http://www.prosalta.org.ar">www.prosalta.org.ar</a> / Tel. 0387 4 370596/7.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Área del Vino y Wine Sur en Salta</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Feb 2012 15:44:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos y Ferias]]></category>

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		<description><![CDATA[Con el objetivo de informar e interactuar con las bodegas de Salta y analizar el potencial exportador de los vinos Salteños, el próximo  martes 7 de Febrero Fundación ProSalta recibirá &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/15-Javier-Merino-Area-del-Vino-director.jpg" rel="lightbox[1899]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1900" title="Área del Vino y Wine Sur en Salta" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/15-Javier-Merino-Area-del-Vino-director.jpg" alt="Área del Vino y Wine Sur en Salta" width="210" height="140" /></a></p>
<p>Con el objetivo de informar e interactuar con las bodegas de Salta y analizar el potencial exportador de los vinos Salteños, el próximo  martes 7 de Febrero Fundación ProSalta recibirá la visita de Javier Merino  titular de la Consultora Área del Vino quien está realizando trabajos con diferentes bodegas y grupos exportadores de vinos de diferentes zonas del país, asesor de WOFA en temas relacionados con la exportación de vino, analizará con bodegas Salta inquietudes, objetivos comerciales y problemáticas del sector con el objetivo de fortalecer el  trabajo en el proceso de internacionalización de Bodegas de Salta en el mundo, como así también su promoción comercial y las actividades con Wine of Argentina.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Mayor información: FUNDACIÓN PROSALTA: <a href="http://www.prosalta.org.ar">www.prosalta.org.ar</a> / Tel: 0387 4 370596/7.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>ProSalta Trabaja en el Posicionamiento y Diseño de Productos de la Escuela Agrícola</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Feb 2012 15:27:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos y Ferias]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.prosalta.org.ar/?p=1890</guid>
		<description><![CDATA[&#160; Con el objetivo de fortalecer institucional y  técnicamente a las empresas del medio, Estado y organizaciones intermedias, para ejercer mejor las actividades relacionadas con la asistencia, capacitación, desarrollo, promoción &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/Escuela-logo.jpg" rel="lightbox[1890]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1897" title="ProSalta Trabaja en el Posicionamiento y Diseño de Productos de la Escuela Agrícola" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/Escuela-logo.jpg" alt="ProSalta Trabaja en el Posicionamiento y Diseño de Productos de la Escuela Agrícola" width="210" height="140" /></a></p>
<p>Con el objetivo de fortalecer institucional y  técnicamente a las empresas del medio, Estado y organizaciones intermedias, para ejercer mejor las actividades relacionadas con la asistencia, capacitación, desarrollo, promoción y venta de productos con potencial exportador. Fundación ProSalta junto a la Escuela Agrícola trabajan en la nueva identificación visual de sus productos y en el desarrollo de un espacio virtual de comunicación de los mismos. Al margen de ello todo el material generado en el proceso será entregado en formato adecuado para ser utilizado en clase, con el objetivo de que los alumnos nos solo puedan aprender y trabajar las diferentes técnicas de producción sino además valorar el proceso de diferenciación y agregado de valor en el producto.</p>
<p>La presentación de los productos se realizará en marzo próximo ante la presencia de autoridades del gobierno de la provincia de Salta, Fundación ProSalta, Escuela Agrícola, alumnos y público en general.</p>
<p>Mayor información; Fundación Prosalta <a href="http://www.prosalta.org.ar">www.prosalta.org.ar</a> / Tel. 0387 4 370596/7.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Cronograma Ferias Fundación ExportAr</title>
		<link>http://www.prosalta.org.ar/eventos/cronograma-fundacion-exportar/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=cronograma-fundacion-exportar</link>
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		<pubDate>Thu, 02 Feb 2012 14:27:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Eventos y Ferias]]></category>

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		<description><![CDATA[Nombre▾ Sector Mercado Fecha ALIMENTARIA BARCELONA BEBIDAS España 26-03-2012 ARTEAMÉRICAS ARTE Y ANTIGUEDADES Estados Unidos 02-03-2012 BOSTON SEA FOOD PESCA Estados Unidos 11-03-2012 CEBIT TECNOLOGIA INFORMATICA Alemania 06-03-2012 EXPO WEST &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<table border="0" cellspacing="0" cellpadding="0">
<tbody>
<tr>
<td><strong>Nombre</strong><strong>▾</strong><strong> </strong></td>
<td><strong>Sector</strong></td>
<td><strong>Mercado</strong></td>
<td><strong>Fecha</strong></td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Alimentaria Barcelona" href="http://exportar.org.ar/feria/763/Alimentaria%20Barcelona.html">ALIMENTARIA BARCELONA</a></td>
<td>BEBIDAS</td>
<td>España</td>
<td>26-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Arteaméricas " href="http://exportar.org.ar/feria/742/Arteam%C3%A9ricas%20.html">ARTEAMÉRICAS</a></td>
<td>ARTE Y ANTIGUEDADES</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>02-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Boston Sea Food" href="http://exportar.org.ar/feria/760/Boston%20Sea%20Food.html">BOSTON   SEA FOOD</a></td>
<td>PESCA</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>11-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Cebit" href="http://exportar.org.ar/feria/757/Cebit.html">CEBIT</a></td>
<td>TECNOLOGIA INFORMATICA</td>
<td>Alemania</td>
<td>06-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Expo West" href="http://exportar.org.ar/feria/758/Expo%20West.html">EXPO WEST</a></td>
<td>ORGANICOS</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>09-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="EXPOCOMER 2012" href="http://exportar.org.ar/feria/737/EXPOCOMER%202012.html">EXPOCOMER   2012</a></td>
<td>MULTISECTORIAL</td>
<td>Panamá</td>
<td>21-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Foodex 2012" href="http://exportar.org.ar/feria/738/Foodex%202012.html">FOODEX 2012</a></td>
<td>ALIMENTOS</td>
<td>Japón</td>
<td>06-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Fruit Logistica " href="http://exportar.org.ar/feria/736/Fruit%20Logistica%20.html">FRUIT   LOGISTICA</a></td>
<td>FRUTAS Y VERDURAS</td>
<td>Alemania</td>
<td>08-02-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Gulfood Dubai" href="http://exportar.org.ar/feria/735/Gulfood%20Dubai.html">GULFOOD   DUBAI</a></td>
<td>ALIMENTOS</td>
<td>Emiratos Arabes Unidos</td>
<td>19-02-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="PRODEXPO 2012" href="http://exportar.org.ar/feria/739/PRODEXPO%202012.html">PRODEXPO   2012</a></td>
<td>BEBIDAS</td>
<td>Rusia</td>
<td>13-02-2012</td>
</tr>
<tr>
<td><a title="Salón de Gourmets" href="http://exportar.org.ar/feria/756/Sal%C3%B3n%20de%20Gourmets.html">SALÓN   DE GOURMETS</a></td>
<td>GOURMET</td>
<td>España</td>
<td>05-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>BIOFACH</td>
<td>ORGANICOS</td>
<td>Alemania</td>
<td>15-02-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>EXPO PRADO</td>
<td>MAQUINARIA AGRICOLA</td>
<td>Uruguay</td>
<td>07-09-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>EXPOCRUZ</td>
<td>MULTISECTORIAL</td>
<td>Bolivia</td>
<td>21-09-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FEICOBOL</td>
<td>MULTISECTORIAL</td>
<td>Bolivia</td>
<td>26-04-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FERIA DEL LIBRO DE GUADALAJARA</td>
<td>LIBROS</td>
<td>México</td>
<td>24-11-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FERIA INTERNACIONAL DE LA HABANA</td>
<td>MULTISECTORIAL</td>
<td>Cuba</td>
<td>02-11-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FIDAE</td>
<td>NAVAL / AERONAUTICA</td>
<td>Chile</td>
<td>27-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FIME</td>
<td>EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO, MEDICO</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>08-08-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>FIMEC</td>
<td>CALZADO</td>
<td>Brasil</td>
<td>20-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>NAFSA</td>
<td>EDUCACION</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>27-05-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>PDAC</td>
<td>MINERIA</td>
<td>Canadá</td>
<td>04-03-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>PMA</td>
<td>FRUTAS Y VERDURAS</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>26-10-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>SUMMER FANCY FOOD</td>
<td>ALIMENTOS, BEBIDAS</td>
<td>Estados Unidos</td>
<td>17-06-2012</td>
</tr>
<tr>
<td>WORLD FOOD MOSCÚ</td>
<td>ALIMENTOS, BEBIDAS</td>
<td>Rusia</td>
<td>17-09-2012</td>
</tr>
</tbody>
</table>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Declaración Jurada Anticipada de Importación / Actualizaciones Normativas del BCRA</title>
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		<pubDate>Tue, 17 Jan 2012 12:13:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Cursos y Jornadas]]></category>
		<category><![CDATA[Prensa]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.prosalta.org.ar/?p=1841</guid>
		<description><![CDATA[Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 32.314: 10/1/2012 Administración Federal de Ingresos Públicos IMPORTACIONES Resolución General 3252 Declaración Jurada Anticipada de Importación. Bs. As., 5/1/2012 VISTO la Actuación &#8230;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong><span style="text-decoration: underline;"><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/importaciones.jpg" rel="lightbox[1841]"><img class="aligncenter size-full wp-image-1903" title="Declaración Jurada Anticipada de Importación / Actualizaciones Normativas del BCRA" src="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/importaciones.jpg" alt="Declaración Jurada Anticipada de Importación / Actualizaciones Normativas del BCRA" width="520" height="390" /></a>Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 32.314: 10/1/2012</span></strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Administración Federal de Ingresos Públicos </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>IMPORTACIONES </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Resolución General 3252 </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Declaración Jurada Anticipada de Importación. </strong></p>
<p>Bs. As., 5/1/2012</p>
<p>VISTO la Actuación SIGEA N° 12104-1-2012 del Registro de esta Administración Federal, y</p>
<p>CONSIDERANDO:</p>
<p>Que el anticipo de información es considerado por la Organización Mundial de Aduanas, dentro del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial, un elemento básico que contribuye al fortalecimiento de las Aduanas a los fines de enfrentar los desafíos del Siglo XXI.</p>
<p>Que es política del Poder Ejecutivo Nacional propender a la coordinación transversal de las distintas áreas del Estado, en orden a optimizar la eficiencia y eficacia de la gestión gubernamental.</p>
<p>Que la disponibilidad de información estratégica anticipada posibilita una mayor articulación entre dichas áreas, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada una de ellas.</p>
<p>Que, a tal efecto, resulta aconsejable el establecimiento de un régimen de información anticipada aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Recaudación y la Dirección General de Aduanas.</p>
<p>Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.</p>
<p>Por ello,</p>
<p>EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:</p>
<p>Artículo 1° — Los sujetos comprendidos en el Apartado 1 del Artículo 91 de la Ley N° 22.415 y sus modificaciones —Código Aduanero— y en la Resolución General N° 2551, inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros” previstos en el Título II de la Resolución General N° 2570, sus modificatorias y su complementaria, se encuentran alcanzados por el régimen de información que se establece por la presente, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo.</p>
<p>Art. 2° — Los sujetos referidos en el Artículo 1° deberán, en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, producir la información que se indica en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)”, disponible en el sitio “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).</p>
<p>Art. 3° — La información registrada en dichas declaraciones juradas será puesta a disposición de los Organismos que adhieran al mecanismo instaurado por la presente, en función de su competencia en la materia considerando la naturaleza de la mercadería a importar u otras condiciones establecidas por los mismos o por esta Administración Federal.</p>
<p>Art. 4° — Los Organismos mencionados en el artículo precedente deberán pronunciarse en un lapso no mayor al establecido en el respectivo instrumento de adhesión. Esta Administración Federal comunicará a los importadores —a través del servicio Mis Operaciones Aduaneras (MOA)— las novedades producidas y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el Organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.</p>
<p>Art. 5° — Al momento de oficializar la destinación definitiva de importación para consumo, el Sistema MARIA (SIM) exigirá el número de la “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)”, realizará los controles de consistencia acordados con los Organismos competentes y verificará que la misma se encuentre validada por todos aquellos a los que les corresponda intervenir.</p>
<p>Art. 6° — El número de la “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)” deberá ser informado y registrado en el Sistema de Control de Operaciones Cambiarias establecido por la Resolución General N° 3210, en todos los casos en que dicha declaración sea requisito para el registro de la destinación definitiva de importación a consumo.</p>
<p>Art. 7° — Las situaciones de excepción, los manuales de uso de los aplicativos involucrados y las pautas de aprobación que establezcan los diferentes organismos intervinientes, serán publicadas en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION”, disponible en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).</p>
<p>Art. 8° — Las disposiciones de la presente no serán de aplicación respecto de las destinaciones definitivas de importación a consumo de mercaderías que, con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia, hubiesen sido expedidas con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte.</p>
<p>Art. 9° — Esta resolución general entrará en vigencia el 1 de febrero de 2012, inclusive.</p>
<p>Art. 10. — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.</p>
<p><strong>ACTUALIZACIONES NORMATIVAS DEL BCRA</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<ul>
<li><strong>Mercado Único y Libre de Cambios</strong></li>
</ul>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Com “A” 5249 del 14/11/2011 Vigencia: a partir del 15/11/2011</strong></p>
<p>Se extiende la vigencia establecida como excepción a la Com “A” 5245 que habilita a efectuar ventas de moneda extranjera sin realizar la consulta y el registro en el &#8220;Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias&#8221; implementado por la AFIP a través de la RG 3210/11, a las personas físicas con la aplicación de los fondos de préstamos hipotecarios en moneda local otorgados por entidades financieras locales para la compra de vivienda, y en la medida que el monto adquirido sea destinado simultáneamente al pago del inmueble objeto del préstamo, hasta tanto se encuentre implementado el sistema informativo para que las entidades financieras locales informen a la AFIP el otorgamiento de tales créditos hipotecarios para vivienda.</p>
<p><strong>Com “A” 5260 del 28/12/2011  Vigencia: a partir del 03/01/2012:</strong></p>
<p>Se extiende el plazo dado por la Com “A” 5256 que vencía el 30/12/2011 para que las personas físicas que apliquen a la compra de billetes en moneda extranjera, los fondos resultantes <strong>del ingreso del cobro de jubilaciones y pensiones percibidas del exterior</strong>, hasta tanto se implementen los mecanismos específicos que determine la AFIP.</p>
<p>Es decir que los ingresos por el concepto 564 podrán ser aplicados a la compra de billetes por el concepto 856,  sin necesidad de cumplir con el requisito de tener la validación fiscal para cursar la operación de cambio.</p>
<p><strong>Com “A” 5261 del 29/12/2011 Vigencia: a partir del 03/01/2012:</strong></p>
<p>Se establece la obligación de la validación fiscal (COC) previa a cursar ventas por el mercado local de cambios, para las ventas en concepto de <strong>Turismo y Viajes (635).</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Esta validación no será de aplicación en los siguientes casos:</p>
<p><strong>a)</strong> Transferencias al exterior por pago de consumos realizados con tarjetas de crédito y por retiros efectuados en el exterior con débito en cuentas locales.</p>
<p><strong>b)</strong> Ventas a no residentes de acuerdo al punto 3.11 de la Com “A” 5264 que deroga el punto i de la Com “A” 5241 y complementarias.</p>
<p>c)    Ventas a operadores de turismo y viajes registrados como tales ante la AFIP, para lo cual se consulta el padrón en el link de AFIP http://www.afip.gov.ar/mercurio/consultapadron/buscarContribuyente.aspx</p>
<p>Toda venta por este concepto de billetes en moneda extranjera, además de cumplimentar esta validación, se debe cursar acorde a la normativa establecida para la formación de activos externos de residentes, correspondiendo en ese caso utilizar el concepto 856.</p>
<p><strong>Com “A” 5262 del 30/12/2011. Reemplaza a la Com “A” 5235</strong></p>
<p>Da precisiones respecto a las Com “A” 3971 y 3978 dejadas sin efecto mediante la Com “A” 5235 y establece la metodología para afectación e información  de los cumplidos de ingreso y liquidación de divisas  en el MULC establecidos en la Com “A” 3493, por las operaciones informadas como <strong>cumplidas hasta el 25/10/2011</strong> y las operaciones <strong>pendientes de cumplimiento al cierre del  25/10/2011</strong>, por las exportaciones de bienes de emprendimientos mineros que han obtenido la estabilidad cambiaria y exportaciones de hidrocarburos.</p>
<p><strong>Com “A” 5264 del 3/01/2012 Vigencia: a partir del 04/01/2012.</strong></p>
<p>Reordenamiento y nuevas normas aplicables a Servicios, Rentas y Transferencias corrientes.</p>
<p><strong>Normas en materia de Ingresos: </strong></p>
<p><strong>1)    Ingresos por exportación de Servicios</strong>: se mantienen la obligación de ingreso de la divisa por el MULC en un plazo no mayor de 15 días hábiles a partir de su fecha de percepción en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior.</p>
<p><strong>2) </strong>Las transferencias en concepto de <strong>Ayuda Familiar</strong> deben estar ordenadas por personas físicas no residentes a favor de personas físicas residentes, <strong>pudiendo existir o no un lazo familiar directo</strong>. El monto de la misma debe ser evaluado por la entidad en base al conocimiento del cliente beneficiario y/o por circunstancias especiales que este puede aportar. Es decir que <strong>en todos los casos se debe demostrar el grado de parentesco que los vincula, sea este directo o indirecto.</strong></p>
<p><strong>3)</strong> En el caso de compra de divisas a personas físicas o jurídicas en concepto de <strong>Donaciones</strong>, la entidad en base al conocimiento del cliente y/o del ordenante, pueda verificar que se cumpla alguna de las siguientes situaciones:</p>
<p><strong>a) </strong> El receptor de los fondos en el país es una persona física que opera en actividades benéficas, siendo el destino de los fondos el sostenimiento de dichas actividades.</p>
<p><strong>b)</strong> El receptor de los fondos es una organización que opera en el país en actividades benéficas, que recibe habitualmente donaciones para financiar total o parcialmente sus actividades en el país.</p>
<p><strong>c)</strong> El receptor de los fondos es una entidad religiosa o educativa inscripta en el país, siendo el destino de los fondos, el sostenimiento de actividades religiosas, educativas o benéficas.</p>
<p><strong>d)</strong> El donante del exterior es una entidad internacionalmente reconocida por sus actividades como donante en obras benéficas, educativas y religiosas.</p>
<p><strong>e)</strong> El receptor de los fondos es un gobierno local.</p>
<p><strong>f) </strong> Otros casos donde adicionalmente al conocimiento del cliente, se cuenta con  la siguiente documentación: i) una escritura pública con las formalidades del caso, donde el donante manifiesta su voluntad de hacer efectiva la transferencia de los fondos al receptor de los mismos, y ii) constancias de la comunicación a la AFIP de la aceptación de la donación.</p>
<p><strong>4) </strong> Las <strong>Rentas cobradas</strong> por residentes por sus inversiones en activos externos que se acrediten de manera transitoria en cuenta del exterior, al igual que los cobros en el exterior por remuneraciones, cuotas alimentarias, jubilaciones y pensiones y sentencias judiciales abonadas por no residentes, cuando la retransferencia de los fondos a cuentas de corresponsalía de un banco local se concrete en un período posterior no mayor a 10 días hábiles inmediato siguiente a la fecha de acreditación de los fondos en la cuenta del exterior del residente, podrán ser ingresados por los conceptos correspondientes. Se aclara que al exceder ese plazo, se considerará como Repatriación de inversiones de residentes (457).</p>
<p><strong>5) </strong>El producido de liquidaciones de cambio por ingresos que correspondan a <strong>Servicios y/o Rentas</strong>, <strong>deben ser acreditados en una cuenta a la vista a nombre del cliente.</strong></p>
<p><strong>6)</strong> En caso que el beneficiario de una transferencia por Jubilaciones y Pensiones y/o Ayuda Familiar decida destinar el equivalente de los fondos recibidos a acreditar una cuenta en moneda extranjera a su nombre en la entidad, esta podrá confeccionar de oficio con la autorización dada por el cliente, el boleto de venta de billetes en moneda extranjera.</p>
<p><strong>Normas en materia de Egresos</strong>:</p>
<p><strong>1)</strong> Para dar curso a transferencias al exterior en concepto de pagos de primas de reaseguros en el exterior, se deberá presentar la certificación de la Superintendencia de Seguros de la Nación sobre el concepto y monto a transferir y las transferencias al exterior se deben realizar a nombre del beneficiario del exterior autorizado por la misma.</p>
<p><strong>2)</strong> Las ventas de cambio en concepto de Servicios y Rentas deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta a la vista del cliente.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Com “A” 5265 del 03/01/2012  Vigencia: a partir del 04/01/2012</strong></p>
<p><strong>Reordenamiento y nuevas normas aplicables a deudas financieras.</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Este reordenamiento en materia de deudas financieras incorpora algunas definiciones, alguna d las cuales ya se encontraban en la Com “A” 5099.</p>
<p>Asimismo divide la normativa en distintos capítulos, incorporando en cada uno de ellos distintas comunicaciones aclaratorias de la principal, incorporando las siguientes definiciones como relevantes:</p>
<p><strong>a) </strong> Ingresos al mercado de cambio de deudas financieras con el exterior:</p>
<p>La obligación de ingreso y liquidación en el MULC de nuevos endeudamientos financieros, <strong>podrá cumplirse en un plazo de hasta 30 días corridos de la fecha de desembolso de los fondos</strong>. El producido de la operación de cambio debe ser acreditado en una cuenta a la vista a nombre del cliente, en la entidad local.</p>
<p><strong>b) </strong>Las operaciones de financiamiento que se encuentren desembolsadas a la fecha de la presente<strong>,</strong> <strong>deberán ingresar los fondos y liquidarlos en el mercado local de cambios dentro de los 30 días corridos de la fecha de la presente.</strong></p>
<p><strong>c)</strong> Las ventas de cambio para la atención de amortizaciones de deudas financieras <strong>deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta vista</strong> del mismo en una entidad financiera local por alguna de las modalidades de medios de pago vigentes.</p>
<p><a href="http://www.prosalta.org.ar/wp-content/uploads/Actualiz-normativa-Ene-2012.pps">Actualiz normativa Ene 2012</a></p>
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